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2022 TRIMESTRE 2

Artículo 81

Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:

Ancla 1

International Museum of the Baroque

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XLVIII. Cualquier otra Información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Artículo 82

Artículo 82.- Todos los sujetos obligados deberán publicar lo relacionado con los gastos de publicidad oficial, que deberá contener:

Ancla 2
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I. Presupuesto aprobado por partida y ejercido

II. Contrato, monto y factura

III. Fecha de inicio y fecha de término

IV. Dependencia o dirección que la solicita

V. Tipo de medio de comunicación

VI. Costo por centímetro de las publicaciones impresas y por segundo o minuto según sea el caso de la difusión en medios electrónicos

VII. Padrón de proveedores

Artículo 83

Artículo 83.- Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados deberán publicar y actualizar en sus portales de internet, la siguiente información.

Ancla 3
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