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PRIMER TRIMESTRE 2024

Artículo 81

Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California;  en sus respectivos portales de Internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:

Ancla 1

International Museum of the Baroque

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I. Marco Normativo

II. Estructura Orgánica
III. Facultades de cada área​
IV. Metas y Objetivos
V. Indicadores Sociales​
VI. Indicadores de Resultados
VII. Directorio de Servidores Públicos
VIII. Remuneración
  • Inciso A
  • Inciso B
IX. Gastos de Representación y Viáticos​
X. Personal, Plazas y Vacantes:​
1. Plazas, vacantes del personal de base y de confianza​
2. Total de plazas vacantes y ocupadas del personal
XI. Servicios Profesionales
XII. Versión Pública de la Declaración Patrimonial
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XXVIII. La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida

b) De las adjudicaciones directas

XXIX. Informes

XXX. Estadísticas

XXXI. Avances Programáticos

1. Estado Financiero
2. Avances programáticos

XXXII. Padrón de Proveedores

XXXIII. Convenios

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XLVIII. Cualquier otra Información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
  • Información de interés público
  • Preguntas frecuentes
  • Transparencia proactiva
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XLIII. Ingresos

1. Ingresos recibidos por cualquier concepto por el sujeto obligado

2. Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos

XLIV. Donaciones

1. Donaciones en dinero recibidas

2. Donaciones en especie recibidas

XLV. El catálogo de disposicn y guía de archivo documental

XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos

XLVII. Solicitudes a empresas concesionarias

  • Intervención de comunicaciones privadas
  • Registro de comunicaciones
  • Localización geográfica

Artículo 83

Artículo 83.- Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados deberán publicar y actualizar en sus portales de internet, la siguiente información.

Ancla 3
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