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Artículo 82
Artículo 82
Todos los sujetos obligados deberán publicar lo relacionado con los gastos de publicidad oficial, que deberá contener:
Todos los sujetos obligados deberán publicar lo relacionado con los gastos de publicidad oficial, que deberá contener:
Portal de Transparencia del
Instituto de Planeación del Desarrollo Municipal de Tecate, B. C.
INPLADEM
«Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados
deberán publicar y actualizar en sus portales de internet, la siguiente información:
I.- Poder Ejecutivo (...)
II.- Poder Legislativo (...)
III.- Poder Judicial (...)
IV.- Municipios (...)
V.- Tribunal de Justicia Electoral (...)
VII.- Comisión Estatal de Derechos Humanos (...)
VIII.- Instituto (...)
La información que se señala en las fracciones V y VII de este artículo, deberá publicarse en los portales de internet de los sujetos obligados dentro de los diez días naturales posteriores a que haya sido generada.»
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